De acuerdo con el Título VII del Acta de Derechos Civiles (1964), y La Ley de Acción Afirmativa (1961), la discriminación en el trabajo o en la búsqueda de este por razón de raza, género y origen/nacionalidad es ilegal. También lo es discriminar por edad, sexo, información genética, religión, embarazo, compensación desigual y represalias. Sin embargo, según los expertos, todavía la mujer latina devenga un salario mucho menor comparado al obtenido por la mujer negra, asiática y blanca o un hombre latino, y muchísimo menos que un hombre blanco. Además, la mujer es calificada como incompetente, no es considerada para puestos ejecutivos y es víctima de microagresiones por su nacionalidad y por ser mujer. En esta autoetnografía expongo las maneras en que he sido discriminada a través de la evocación de varias experiencias personales buscando empleo como profesora en universidades de EE. UU. y trabajando como maestra en escuelas públicas en ese país. En cada una de ellas, capturo la tensión vivida con el propósito de liberar el conflicto sufrido y tal vez lograr una sanación individual y una confrontación cultural. Particularmente, cuestiono los procedimientos de reclutamiento en la Academia para que se conozcan, se combatan o puedan encontrar una comunidad con otros.
INSTITUTO FRANKLIN - UAH